Nuevos Cambios Tributarios 2022 en Régimen Simple de Tributación
Mediante Decreto 1847 se modificó para los contribuyentes interesados en hacer parte del Régimen Simple de Tributación (RST), lo siguiente:
Se incrementó el límite de ingresos brutos para acceder al Régimen Simple de 80.000 a 100.000 UVT.
También, se extendió el plazo para que los contribuyentes que ya tienen RUT opten por hacer parte del RST, permite acogerse desde el 1 de enero y hasta el último día hábil de febrero del año gravable. Profundicemos en este último.
El artículo 909 del estatuto tributario, en su primer inciso modificado o por la ley 2155 de 2021 señala:
«Las personas naturales o jurídicas que pretendan optar por acogerse al impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE y cuenten con inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) deberán hacerlo mediante la actualización en este mecanismo de la responsabilidad como contribuyentes del SIMPLE hasta el último día hábil del mes de febrero del año gravable para el que ejerce la opción. Quienes se inscriban por primera vez en el Registro Único Tributario (RUT) y quieran inscribirse en el SIMPLE, podrán hacerlo en cualquier tiempo siempre que indiquen en el formulario de inscripción en el RUT su deseo de acogerse a este régimen.»
Mediante éste, el plazo para inscribirse en el SIMPLE, pasando del 31 de enero
hasta el último día del mes de febrero, que puede tener 28 o 29 días.
Si estás interesado en hacer parte del Régimen Simple de Tributación (RST) y ya tienes Registro Único Tributario (RUT), puedes realizar tu inscripción entre el 1° de enero y el último día hábil de febrero de cada año.
Quienes se inscriba en el SIMPLE no estarán en el régimen ordinario de ninguna
manera, y deberán permanecer en el SIMPLE por el año gravable completo, de
enero a diciembre, así se hayan inscrito el último día de febrero.
Emprendedores de pequeñas y medianas empresas, es un gusto mantenerlos actualizados, sobre todo en temas de beneficio.